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RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Movilidad e Infraestructuras, por la que se modifica la Resolución de 29 de octubre de 2018, por la que se convocan pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, a celebrar en la Comunidad Autónoma de Aragón durante el año 2019.

Publicado el 12/12/2018 (Nº 239)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO, MOVILIDAD Y VIVIENDA

Texto completo:

Mediante Resolución de 29 de octubre de 2018, de la Dirección General de Movilidad e Infraestructuras, se han convocado pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, a celebrar en la Comunidad Autónoma de Aragón durante el año 2019.

La mencionada convocatoria establece que el plazo de que dispondrán los interesados para la presentación de la solicitud de participación en el examen correspondiente será de quince días hábiles, contados desde la fecha que figura en el anexo a dicha resolución como fecha de inicio de presentación de solicitud. Asimismo se prevé que la solicitud para tomar parte en las pruebas se ajustaría al modelo en soporte físico recogido en el anexo I al que se accede a través de la siguiente página web: http://www.aragon.es/solicitudpruebascap.

Se ha constatado que varios de los cursos de formación autorizados y que ya se estaban impartiendo en la fecha de publicación de la convocatoria, concluyen con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, impidiendo así que los aspirantes a la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de su cualificación inicial pudieran presentarse a la primera de las fechas convocadas. Esta situación, ha sido puesta de manifiesto en las tres provincias aragonesas en diversos centros.

Por otra parte, en cumplimiento de las prescripciones relativas a la tramitación telemática de las solicitudes para concurrir a las pruebas convocadas, aquélla debe ser exigida sin excepciones, a partir del segundo de los periodos de solicitud convocados, a saber, el periodo de presentación de solicitudes que se abrirá el 24 de enero de 2019 y los subsiguientes. El hecho de encontrarse ya abierto el primero de los plazos de presentación de solicitudes, justifica la no modificación en la forma de presentación de instancias, admitiéndose para esta primera convocatoria la presentación de solicitudes en formato físico, papel.

Asimismo, y en relación con lo anterior, la expedición del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, deberá ser solicitado también telemáticamente.

Por todo ello. Esta Dirección General de Movilidad e Infraestructuras ha resuelto modificar puntualmente la Resolución de 29 de octubre de 2018, de la Dirección General de Movilidad e Infraestructuras, por la que se convocan pruebas para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, a celebrar en la Comunidad Autónoma de Aragón durante el año 2019, en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

La base cuarta queda sustituida por la siguiente:

"Cuarta. Solicitudes.

El plazo de que dispondrán los interesados para la presentación de la solicitud de participación en el examen correspondiente será de quince días hábiles, contados desde la fecha que figura en el anexo a esta resolución como fecha de inicio de presentación de solicitud. Como excepción, el plazo de presentación de solicitudes para concurrir a la primera de las convocatorias será desde el 26 de noviembre de 2018 hasta el 20 de diciembre de 2018, ambos inclusive.

El interesado deberá cursar una solicitud por cada una de las fechas de convocatoria de examen que figuran en dicho anexo en la que desee participar.

La solicitud de admisión a las pruebas se presentará para la primera convocatoria en formato físico, papel. La presentación física en formato papel se ajustará al modelo del anexo I al que se accede a través de la siguiente página web: http//www.aragon.es/solicitudpruebascap y se presentará debidamente cumplimentada de conformidad con lo dispuestos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La solicitud de admisión a las pruebas se presentará para la segunda y subsiguientes convocatorias de forma telemática, a través de la dirección web: http:// www.fomento.es (sede electrónica, transporte terrestre, gestión de la formación de los conductores profesionales CAP, inicio del trámite tramitación electrónica). Si se presentara una solicitud de forma física, conforme al artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se requerirá al interesado para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.

La presentación de la solicitud, salvo oposición expresa, conllevará la autorización del solicitante a la Dirección General de Movilidad e Infraestructuras para verificar sus datos a través de los correspondientes Sistemas de Verificación de Datos de Identidad de la Administración para la resolución de la solicitud.

La solicitud deberá ir acompañada de:

- En caso de que el interesado no otorgue la autorización para la comprobación a la Dirección General de Movilidad e Infraestructuras, fotocopia del documento nacional de identidad (DNI) o número de identidad de extranjero (NIE), junto con documento acreditativo de su identidad y nacionalidad si fuera necesario, permiso de conducir o pasaporte en vigor.

- Copia cotejada con el original del certificado acreditativo de haber realizado en plazo y con aprovechamiento la formación teórica y práctica exigida, sobre las materias al efecto exigidas en el referido Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, expedido por centro de formación autorizado

- Resguardo acreditativo del pago de la tasa 05, tarifa 03, por el importe establecido de conformidad con la Ley 2/2018, de 28 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón. La presentación de la solicitud no eximirá del pago de la tasa en tiempo y forma.

En la solicitud deberá señalarse la población, (Huesca, Teruel o Zaragoza), donde el solicitante decida examinarse, sin que pueda ser admitido a la realización de los ejercicios en población diferente a la elegida en la solicitud".

La base décima queda sustituida por la siguiente:

"Décima. Emisión del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera.

Quienes superen la prueba señalada en la base tercera y soliciten la expedición del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera deberán presentar una solicitud de forma telemática, a través de la dirección web: http://www.fomento.es (sede electrónica, transporte terrestre, gestión de la formación de los conductores profesionales CAP, inicio del trámite tramitación electrónica). Si se presentara una solicitud de forma física, conforme al artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, requerirán al interesado para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.

La presentación de la solicitud, salvo oposición expresa, conllevará la autorización del solicitante a la Dirección General de Movilidad e Infraestructuras para verificar sus datos a través de los correspondientes Sistemas de Verificación de Datos de Identidad de la Administración para la resolución de la solicitud.

Las solicitudes deberán ir acompañada de:

- En caso de que el interesado no otorgue la autorización para la comprobación de la identidad a la Dirección General de Movilidad e Infraestructuras, fotocopia del documento nacional de identidad (DNI) o número de identidad de extranjero (NIE), junto con documento acreditativo de su identidad y nacionalidad si fuera necesario, permiso de conducir o pasaporte en vigor.

- En caso de robo o pérdida, fotocopia de la denuncia.

- Resguardo acreditativo del pago de la tasa 05, tarifa 04, por el importe establecido de conformidad con la Ley 2/2018, de 28 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón. La presentación de la solicitud no eximirá del pago de la tasa en tiempo y forma".

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 3 de diciembre de 2018.

El Director General de Movilidad e Infraestructuras,

JOSÉ GASCÓN LÁZARO